El derecho del niño a ambos padres, reconocido por la ley peruana e internacional.
El derecho del niño a mantener vínculo con ambos padres está reconocido en el ordenamiento peruano e internacional. Estos son los pilares legales de nuestra labor.
Protección de la familia como instituto natural y fundamental de la sociedad (art. 4) y el principio del interés superior del niño.
Derecho del niño a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular (art. 9).
Reconoce el interés superior del niño, el derecho a vivir en familia y el régimen de visitas / patria potestad.
Incorpora el enfoque de familia en las políticas públicas, fortaleciendo la corresponsabilidad parental.
Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar (marco de actuación a considerar).
Impulsamos el Proyecto de Ley N.° 7693/2023-CR, que dispone la activación de orientación preventiva y terapias familiares en procesos de separación, divorcio, tenencia o tenencia compartida. Es un proyecto urgente porque protege el bienestar emocional de los hijos durante el proceso judicial.
Nuestras propuestas concretas al dictamen:
En un sondeo a jueces de familia a nivel nacional encontramos resultados ilustrativos:
de jueces señalaron que la falta de informes psicológicos es una de las principales causas de dilación.
coincidieron en que automatizar los oficios reduciría la carga procesal y aportaría información valiosa para decidir.
Nuestro trabajo de campo 2023–2024 abarcó 273 comisarías: en 271 de ellas se reconoció la obstrucción parental como un problema grave. Esta es la base empírica de nuestra incidencia ante la PNP y el sistema de justicia.